Somos una consultoría especializada en Protección de Datos y Seguridad de la información con más de 15 años de experiencia en el sector. Desde la creación, hemos ayudado a adaptarse a empresas e instituciones públicas y privadas a las diferentes leyes de protección de datos.
Nos define nuestra política de excelencia, basada en estrictos controles de calidad, y una clara vocación de servicio, con acompañamiento continuado en todo el proceso, para asegurar el cumplimiento legal en materia de protección de datos.
La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico ((LSSICE)) establece las reglas necesarias para que la posible actividad económica generada en torno a la compra y venta de todo tipo de productos y servicios online, sea una experiencia segura y fiable.
La normativa es de aplicación tanto a los proveedores de servicios de intermediación, como a las empresas que ofrecen sus productos y a los ciudadanos que posean una página web.
Desde Grupo DSD Consulting realizamos la labor de consultoría necesaria de acuerdo a las prescripciones establecidas por la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en la que se definen las obligaciones de las personas físicas o jurídicas que operan a través de Internet, dando cumplimiento a la LSSICE de nuestros clientes.
Para ello, ofrecemos a nuestros clientes los siguientes servicios:
Servicio de adaptación y mantenimiento del Protocolo de prevención de violencia y/o el acoso sexual o por razón de sexo
El protocolo de prevención de violencia y/o el acoso sexual o por razón de sexo, tiene como objetivo establecer un procedimiento de actuación para que en el caso de que alguien de la plantilla detecte o considere que es objeto de acoso moral, sexual, por razón de sexo o moral, o discriminación por embarazo o maternidad, pueda hacer uso del mismo.
Están obligadas todas las empresas, sin importar el tamaño de la plantilla. Estas deben disponer de un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, además de un procedimiento de resolución interna de conflictos y un protocolo de acoso laboral, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que en su Artículo 48.1. y 48.2; y también están obligados a formar a sus empleados en materia de prevención de la violencia sexual recogida en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de libertad sexual.
Para ello, ayudamos a nuestros clientes de la siguiente forma:
Cumpla con el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 marzo de medidas urgente de protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
El registro salarial es un documento en el que la empresa recoge los salarios de los empleados.
El registro salarial es un documento en el que la empresa recoge los salarios de los empleados, incluyendo personal directivo y altos cargos. Dichos salarios estarán desglosados por sexos y basados en una media aritmética y mediana. Toda esta información deberá desglosarse por sexo y según la naturaleza de la retribución, especificando cada concepto que se reciba y por cada grupo profesional, categoría o puesto junto con el detalle de las posibles desviaciones y las medidas a tomar.
El servicio que ofrecemos consiste en:
La Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, establece una serie de normas para garantizar la higiene de los productos alimenticios, de salud y bienestar de los animales, de fitosanidad y de prevención de los riesgos de contaminación por sustancias externas, como por ejemplo los pesticidas con el objetivo de proteger a los consumidores y garantizar el buen funcionamiento del mercado único.
Para que las empresas que les aplica el cumplimiento de dicha normativa ofrecemos los siguientes servicios: